martes, 22 de enero de 2019

BENEFICIOS FISCALES PARA PATRONES Y TRABAJADORES EVENTUALES DEL CAMPO AL INCORPORARSE AL IMSS


Morelia, Michoacán, a 22 de enero de 2019.


·         Podrán gozar de una reducción en el pago de cuotas obrero-patronales, para promover la afiliación de los trabajadores rurales.





El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) dio a conocer, desde la capital michoacana, los beneficios fiscales para patrones y trabajadores eventuales del campo 2019-2020, de acuerdo con el Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación.

Dicho Decreto, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020, consiste en eximir parcialmente o reducir el pago de las cuotas obrero-patronales, con el objeto de promover la afiliación de los trabajadores eventuales del campo.

Roberto Alejandro Guzmán Cariño, titular de la División de Incorporación Voluntaria y Convenios, dio a conocer ante patrones productores del campo michoacano que, de acuerdo con las instrucciones del Director General, Germán Martínez Cázares, impulsarán en el país la incorporación de las familias campesinas y de los trabajadores del campo a los beneficios de la seguridad social.

Agregó que este Decreto, además de los beneficios fiscales, otorga las facilidades administrativas para movimiento afiliatorios, acceso a servicios médicos y servicios de guarderías con mayor premura, pues una vez que se ha hecho la inscripción, en caso de ser necesario, el trabajador podrá gozar de estos beneficios a los siete días siguientes.








Por su parte, Juan Manuel Montañez González, titular de la Subdivisión de Incorporación Voluntaria y Trabajadores Eventuales, explicó que este Decreto es una medida de estímulo que creó el IMSS, una vez que fue declarado con carácter obligatorio para la inscripción de los trabajadores del campo, en el año 2007, pero se han hecho modificaciones, ésta última que tendrá una vigencia de dos años y fenecerá el 31 de diciembre de 2020.

Para que los patrones puedan adherirse a este Decreto, explicaron los titulares, deberán acudir a la subdelegación correspondiente y presentar solicitud y el IMSS informará de su dictamen en un corto plazo.

Montañez González expresó además que la aplicación de este Decreto representa una erogación económica importante para la institución, en el ánimo de incentivar a la parte patronal agrícola para asegurar a sus trabajadores eventuales del campo y éstos queden protegidos con los beneficios de la seguridad social.

Lo anterior en virtud de que se toma en cuenta el perfil epidemiológico de los trabajadores, asociado a enfermedades crónicas y a la edad, por lo que el IMSS hace un análisis de los antecedentes de los patrones para determinar si acredita el beneficio.

Finalmente, Alejandro Luna García, titular de Afiliación y Cobranza de la Delegación Regional del IMSS en Michoacán, agregó que la importancia de difundir este Decreto es que los patrones conozcan las reglas de operación, sin temor a declarar el salario real, y así cumplan con la responsabilidad social de aseguramiento para sus trabajadores.

Mencionó que en ocasiones, trabajadores agrícolas sufren enfermedades o accidentes y no cuentan con la protección de la seguridad social.

En el caso de Michoacán, son pocos los productores adheridos al Decreto señalado, no obstante que un número importante de productores del campo mantienen asegurados a sus trabajadores eventuales, pero que desconocen los beneficios económicos para ellos mismos y en consecuencia, para asegurar a sus trabajadores eventuales.

Los productores de aguacate, fresa, jitomate, zarzamora, guayaba, procedentes de Uruapan, Zamora, Los Reyes, Zitácuaro, entre otros lugares de la geografía michoacana, interactuaron con los ponentes y a través de sus preguntas y respuestas, despejaron dudas, propusieron acciones de mejora a los trámites administrativos y coincidieron en la necesidad de incrementar las acciones de difusión de los beneficios de dicho Decreto entre los productores del campo que aún no gozan éstos.

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